El 5-Segundo truco para decreto 0045 de 2023
El 5-Segundo truco para decreto 0045 de 2023
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a) Como consecuencia de que el coste de las actuaciones financiadas haya sido inferior al antelación realizado.
La extraordinaria y urgente necesidad del título II, esto es, de las ayudas al transporte de viajeros y medidas asociadas (Existente Decreto-ralea 8/2023, de 27 de diciembre) y del nuevo maniquí de ayudas propuesto en el presente Vivo decreto-clase, deriva de la indigencia de prolongar la aplicación de los descuentos, para nutrir la reducción del precio que los usuarios pagan por los abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte colectivo urbano e interurbano, de forma que se garantice la movilidad cotidiana de nuestros ciudadanos en una situación extraordinaria, derivada del gran incremento en el coste de vida adecuado a la inflación y el ámbito geopolítico internacional. Por otro flanco, resultan de extraordinaria y urgente carencia, trágicamente avalada por los recientes sucesos derivados del cambio climático, el resto de las actuaciones previstas en este real decreto-ralea, tendentes a un cambio modal en la movilidad cerca de otros modos de transporte más sostenibles, que ayuden a disminuir nuestra dependencia energética y nuestra huella de carbono y contribuyan a alcanzar los objetivos marcados en el Plan Integrado de Energía y Clima (PNIEC) en materia de trasvase modal y descarbonización.
Artículo 76. Aprobación de una Dirección de avales por cuenta del Estado para la cobertura en caso de impago en el arriendo de vivienda.
2. Para poder ser beneficiario de las ayudas será condición necesaria que las comunidades autónomas o entidades locales tengan implantado un doctrina de tarifas para títulos multiviaje y abonos, excluido el billete de ida y vuelta y los títulos turísticos o de cualquier naturaleza similar, de los servicios de transporte terrestre de su competencia.
Con enseres desde la entrada en vigor de este Existente Decreto-calidad y vigencia indefinida se añade una nueva disposición transitoria décima finca en el texto refundido de la índole de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Existente Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que queda redactada en los términos siguientes:
La persistencia del conflicto militarista entre Rusia y Ucrania propició que se adoptara un segundo paquete de medidas, por medio del Verdadero Decreto-condición 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para reponer a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
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c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
a) Como consecuencia de que el coste de las actuaciones financiadas haya sido inferior al adelanto realizado.
a) Un estiércol de 10 viajes por zonas y núcleo con las condiciones y precios establecidos en sus tarifas habituales, válidos para ser utilizados durante un año desde la plazo de inicio de vigencia.
Como consecuencia del Acuerdo entre la Ministra de Transportes, Movilidad y Dietario Urbana y los Presidentes de Asturias y Cantabria, de 20 de febrero de 2023, donde se establece una serie de obligaciones entre las partes firmantes, entre la que está la de «Extender la aporte económica actual para la gratuidad de las cercanías ferroviarias en Asturias y Cantabria más allá del 31 de diciembre de 2023 y hasta la entrega de las unidades de trenes pendientes en el pacto en curso», en los núcleos de Cercanías de Asturias y Cantabria se prorrogan las condiciones establecidas en el artículo 73 del Efectivo Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, Figuraí como para templar los efectos de la sequía hasta el 31 de diciembre de 2025.
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
1. Los importes que perciban las comunidades autónomas y las entidades locales con cargo a los créditos presupuestarios que se autorizan deberán destinarse exclusivamente a financiar la decreto 2025 de 2015 prestación del servicio de transporte notorio urbano o interurbano y, en todo caso, a compensar en el plazo máximo de dos meses desde la recibimiento de las ayudas o anticipos de las mismas, a las entidades y operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos por la merma de ingresos que haya supuesto la implantación de la medida.
d) Aumento de servicios existentes en el año 2025 con respecto al incremento de propuesta para la que se solicita la ayuda.